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Los animales siguen muriendo en cumplimiento de funciones en nombre de la defensa nacional. Aunque se ha avanzado en leyes que prohíben su uso en espectáculos, penalizan el maltrato y el abandono y exigen condiciones de bienestar a los ciudadanos, la fuerza pública en Colombia continúa con el entrenamiento y despliegue de perros y caballos en operaciones de vigilancia, detección y combate. Esta realidad expone una contradicción ética y plantea una serie de preguntas sobre el cumplimiento de la legislación animal en contextos de conflicto armado.

 

Sansón salvó la vida de 36 soldados en Yondó, Antioquia, al detectar la mina. Foto cortesía.

 

Sansón murió en la guerra. En Antioquia, en julio de 2025, una mina antipersonal le arrebató a este perro pastor belga malinois su pata derecha y, días después, la vida. Amputaciones, lesiones, quemaduras, afectaciones en los oídos, desplazamientos y la muerte son algunas de las consecuencias que animales de compañía, de granja y hasta fauna silvestre sufren en Colombia por el conflicto armado.

Sansón, detectando explosivos para el Ejército Nacional, o el burro usado recientemente por el grupo guerrillero del ELN para transportar una bomba que, posteriormente, lo mataría, son víctimas silenciosas y sin registro de una guerra en la que no pidieron participar.

El usar animales para la guerra es desconocer que son seres sintientes, “es instrumentalizarlos de forma definitivamente malvada. Esta ‘población’ no debería ser incluida en la guerra, teniendo en cuenta que ellos no tienen autonomía plena, esto quiere decir que no pueden tomar decisiones al respecto, sino que dependen de las decisiones humanas”, explica Santiago Henao Villegas, doctor en Bioética y miembro del Comité de Ética de la Universidad Nacional de Colombia Sede Medellín.

“Tenemos conocimiento sobre la sintiencia animal, es decir, los animales sienten dolor y pueden sufrir, así como ocurre con los humanos. Por ello existe la Ley 1774 de 2016, que reconoce a estos seres sintientes desde lo jurídico. Actualmente, el vínculo humano-animal ha ganado una relevancia cada vez mayor; inclusive, se habla de familias multiespecie, donde los animales casi que se les otorga un rol dentro de los contextos familiares”, agrega el médico veterinario y doctor en bioética.

 

En el país existen diversas leyes encaminadas a la protección animal, entre las más recientes se cuentan la Ley 2454 de 2025, conocida como Ley Lorenzo, que promueve alternativas tecnológicas en seguridad, vigilancia privada e inspección de sustancias u objetos para mejorar el bienestar de los perros usados en estas actividades; la Ley 2455 de 2025, o Ley Ángel, que fortalece la lucha contra el maltrato animal; en julio de 2025 fue radicado el proyecto de ley Sansón, que busca prohibir el uso de animales como armas de guerra y reconocer a los animales y ecosistemas como víctimas del conflicto armado; la Ley 1774 de 2016, o Ley Animalista o de Protección de los Animales; la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre / Temas de Tránsito, Transporte y Ambiente; la Ley 599 de 2000, Código Penal y Delitos Ambientales o Ecológicos, y la Ley 84 de 1989, Estatuto Nacional de Protección de los Animales.

 

Héroes maltratados

Ante este panorama, el abogado animalista Oscar Montoya explica que “el Estado, al utilizar los caninos antiexplosivos, está vulnerando lo que la legislación ordena”.

De acuerdo con el activista, hay sentencias y pronunciamientos tanto de la Corte Suprema de Justicia como de la Corte Constitucional, que ratifican que los animales son seres que sienten dolor, sed y hambre. “La ley 1774, en el artículo tercero, establece que los seres sintientes no podrán ser sometidos a situaciones de estrés ni de miedo, donde el Estado y la sociedad somos los responsables de que ellos no sean sometidos a las situaciones mencionadas. Es muy claro, entonces, que los caninos antiexplosivos que están yendo a áreas de combate están siendo sometidos a situaciones de estrés y de miedo”, añade Montoya, abogado litigante en el área penal.

Hace dos semanas, Oscar Montoya y su equipo presentaron una acción de renuencia al presidente de Colombia Gustavo Petro para exigir el cumplimiento de los actos administrativos y para que, en el ejercicio de las leyes 1774 y 2425, el Estado deje de utilizar los caninos antiexplosivos en zonas de combate y se haga uso de tecnologías como drones, sensores, entre otros.

“Defendemos la vida porque ahora existen herramientas tecnológicas avanzadas, que utilizan otros ejércitos del mundo y que les permiten identificar minas y retirarlas, por ejemplo. Esa es la solicitud que le estamos haciendo al presidente de la República como jefe supremo de las Fuerzas Armadas en Colombia, que se retiren los perros antiexplosivos de las áreas de combate y que el Ejército haga uso de las herramientas tecnológicas para reemplazar los animales y hacer ese tipo de labores”, agrega el abogado Montoya.

Víctimas sin voz, sin cifras

Es importante considerar que los más de 65 años de conflicto armado han tenido unos impactos en la sociedad del animal humano; es decir, en la sociedad colombiana. Pero muy pocas veces nos hemos cuestionado, ¿cuál es el verdadero impacto del conflicto armado en los animales no humanos?, comenta el doctor en ciencias veterinarias, Yasser Yohan Lenis Sanín.

“Existen animales víctimas del conflicto armado porque son nativos de las regiones de donde se desarrolla el conflicto armado y también los animales que, aunque no sean nativos, son usados por las Fuerzas Armadas Colombianas como instrumentos para favorecer el avance de las tropas que también pueden convertirse en víctimas del conflicto armado”, explica el médico veterinario y zootecnista.

Sumado a esto, los grupos armados ilegales como la guerrilla del ELN instrumentalizan constantemente animales para la guerra, especialmente equinos y burros ya sea como herramientas de guerra para atentados, transporte de armas o provisiones y hasta para dejar mensajes y amenazas. En zonas rurales de conflicto, los bovinos mueren y son heridos constantemente debido a minas antipersonal.

“Para entender los efectos del conflicto armado en la integridad de los animales, debemos diferenciar esa integridad, básicamente en dos aspectos: la integridad física y la integridad mental. El conflicto armado tiene unas repercusiones muy amplias en la integridad física de los animales, algunos quedan amputados, hay una lesión vestibular en el oído interno muy común por las explosiones y detonaciones. También hemos investigado cómo, debido al conflicto armado, los animales se ven expuestos a lesiones psicoemocionales. Recuerdo que un campesino nos comentaba que la mula que era considerada como miembro de su familia había sido secuestrada por un grupo subversivo. Hay que tener presentes los efectos psicoemocionales para esta familia y su animal de compañía por haber sido separados. ‘Nos dejaron sin un miembro de mi familia’, decía el hombre”, relata Yasser Lenis, miembro del grupo de Investigación Ohvri, de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad de Antioquia, que apoya, al Senado de la República para que los proyectos de ley relacionados con bienestar animal tengan un sentido académico y científico y puedan consolidarse posteriormente en leyes.

Trabajadores sin sueldo ni opción

Otro elemento de debate en el contexto nacional ha sido el uso de caninos para vigilancia privada tanto en entidades del Estado como en centros comerciales y espacios públicos.

En Colombia, la normativa que regula las jornadas de los perros de vigilancia ha sido objeto de actualizaciones recientes con el objetivo de mejorar su bienestar. La Ley 2454 de 2025, conocida como "Ley Lorenzo", y la Resolución 2852 de 2006 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada son las principales normativas que abordan este tema.

Esta contempla la jornada laboral de los perros de vigilancia, así: para especialidad de olfato (búsqueda de narcóticos, explosivos) la jornada máxima es de seis horas diarias. Se debe alternar el trabajo cada dos horas si la búsqueda es esporádica o cada treinta minutos si es continua. Para una jornada de 24 horas, se deben utilizar, al menos, cuatro perros. Para especialidad de defensa controlada, la jornada máxima es de ocho horas diarias, divididas en turnos de cuatro horas de trabajo por una de descanso. En una jornada de 24 horas se deben utilizar, al menos, tres perros.

Otros aspectos importantes de la nueva ley es que establece la edad de los perros de vigilancia, que debe ser de mínimo doce (12) meses y máximo seis (6) años. La ley busca garantizar un plan nutricional, descanso adecuado y condiciones de salud óptimas para los perros, además de la promoción de una transición hacia el uso de alternativas tecnológicas para la seguridad y vigilancia con el fin de reducir, progresivamente, el uso de perros en especialidades no esenciales.

 

Sin importar la labor o la actividad que realicen al servicio de los animales humanos, para Santiago Henao Villegas, doctor en bioética y profesor de la UNAL Medellín, “es necesario hacer ejercicios de validación para saber si realmente hay maltrato o no, porque el solo hecho de coexistir con los animales y compartir con ellos en muchas acciones cotidianas, como las labores agropecuarias, por ejemplo, no quiere decir que eso sea un maltrato”.

 

Aunque la legislación colombiana los protege, muchos perros como Sansón continúan en las selvas colombianas olfateando el peligro. Entre tanto, el abogado Oscar Montoya y su equipo esperan una respuesta de la Presidencia de la República para que se retire de las zonas de conflicto o enfrentamientos a los perros que ejercen distintas actividades, entre ellas, la detección de explosivos, y el Estado colombiano cumpla y sea garante de las leyes que lo cobijan.

(FIN/JRDP)

4 de agosto de 2025