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En Colombia el teletrabajo está regulado desde 2012 y para implementarlo se requiere de preparación incluso en cultura organizacional. Sobre este último punto se ha demostrado, durante el periodo de aislamiento obligatorio preventivo, que no hay claridades sobre el concepto de esa manera de laborar, cómo asumirlo, ni que el país está preparado aún para el trabajo a distancia; pues ante la novedad y la urgencia, algunas empresas han vulnerado derechos de trabajadores. Analistas hablan de lo que ha significado esta transición.

“Cuando la humanidad ha vivido coyunturas globales estas han repercutido en impactos que obligan a dimensionar y redireccionar políticas en función de salir de esos embates”, dice el profesor Renzo Ramírez Bacca, profesor de la Facultad de Ciencias Humanas y Económicas de la UNAL Medellín, y el ámbito laboral no es ajeno a afectaciones.

Entre los distintos cambios a los que ha obligado el Covid-19 está el modo de trabajar. Ahora se hace desde los hogares y no desde las oficinas, imponiéndose, abruptamente, el teletrabajo, pese a que desde antes de que llegara la enfermedad causada por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2 ya existía en Colombia el Pacto por el Teletrabajo, así como la Ley 1228 del 2008.

La Norma es reglamentada por el Decreto 0884 de 2012 y estipula tres modalidades. La primera es el teletrabajo autónomo; la segunda, el suplementario, que lo realizan trabajadores con contrato laboral que alternan tareas en distintos días entre la empresa y fuera de ella mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. El tercer mecanismo es el móvil, quienes lo ejecutan pueden trabajar utilizando su celular y pueden ausentarse de la oficina.

Lo que actualmente se está dando es una manera de asumir la coyuntura, más no es realmente el teletrabajo adecuado, explica la profesora Herlaynne Segura Jiménez, de la Facultad de Comunicaciones de la Universidad de Antioquia, investigadora y promotora de esta manera de laborar a distancia. Lo ideal, asegura, es escoger cargos, perfiles y herramientas para luego evaluar lo que ha resultado bien y lo que no. “Lo de ahora”, agrega, “es una circunstancia que implica retos y reorganizarnos; tampoco se trata de reunirnos todo el tiempo de manera sincrónica ni de pasar mucho tiempo viéndonos por Zoom, Google Hangouts o Meet; eso nos puede fatigar”.

Vulneración de derechos

Según el portal teletrabajo.gov.co, para implementarlo se requiere tecnología, legislación y cultura organizacional; aspectos difíciles de cumplir dadas las circunstancias que llevaron a decretar el Estado de emergencia y a tomar medidas rápidas, lo que se conjuga con la situación económica ante disminución en los ingresos habituales por parte de algunas empresas que, para hacerse sostenibles, según la docente, han vulnerado los derechos de sus trabajadores.

La mayoría de quejas que recibe la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) es por pérdida de empleos, según Fabio Arias Giraldo, fiscal nacional de esa organización sindical. La situación actual, asegura, ha repercutido en la disminución de nóminas en empresas principalmente privadas. La sobrecarga laboral es otro motivo de inconformidad.

Existe el imaginario de que el teletrabajo exige estar disponible todo el tiempo, sin embargo, esta es una dinámica a la que se ha estado expuesto incluso en las labores presenciales, de acuerdo con la profesora de la Universidad de Antioquia, para quien han sido las tecnologías las que han dado cabida para establecer comunicación, ya sea por parte del empleador o del trabajador, para llamar o escribir en cualquier momento. Ante el hecho, recuerda que Colombia ya cuenta con regulación para casos de acoso laboral y, en ese sentido, recomienda poner reglas y horarios para contestar mensajes o llamadas: “la tecnología tiene que madurar y la tenemos que aprender a usar”, enfatiza.

Suspensiones de contratos, licencias no remuneradas y pérdida de ingresos

El problema central, dice Arias Giraldo, de la CUT, es que se ha aducido la fuerza mayor y el caso fortuito para tratar de justificar, porque está en el Código Sustantivo del Trabajo, la suspensión de contratos, las licencias no remuneradas, vacaciones obligatorias o despidos, aunque, asegura, “quien debe fallar acerca de eso es un juez, no puede ser una medida que se le ocurra al empresario sin mediar”.

Otro motivo de inquietud es la situación de microempresarios. Al respecto, afirma que la CUT ha acompañado peticiones sobre este punto para buscar que el Gobierno pague las nóminas de pequeñas y medianas empresas, por lo menos, por tres meses; “no que les den créditos”, aclara.

Aunque es la primera vez que se asume una pandemia en el contexto de una sociedad conectada digitalmente, “por mucho desarrollo, racionalidad laboral o apropiación de un sistema capitalista neoliberal ningún país estaba lo suficientemente preparado para dar soluciones rápidas”, asegura el profesor Ramírez Bacca y expone que son distintas las repercusiones que se pueden generar en Europa a las que se pueden dar, por ejemplo, en países latinoamericanos.

“La de Colombia es una economía muy informal. El 64%, es decir unos 14 millones de personas, trabajan de manera independiente; es decir, no tienen seguridad social y hacen múltiples actividades. De esa cifra, por lo menos 10 millones de colombianos labora en las calles”, llama la atención Arias Giraldo, quien hace énfasis en la principal preocupación de los trabajadores es la pérdida de ingresos, lo que, según él, “va a ser una bomba social que, además, este Gobierno no quiere atender”.

Los mayores impactos por la caída del precio del dólar, el aislamiento preventivo obligatorio por Covid-19 y el distanciamiento social se darán en el segundo trimestre de este año, para cuando se espera una “contracción del ritmo de actividad productiva de -9,4%”, según comunicado reciente de la Fundación para la Educación Superior y el Desarrollo (Fedesarrollo).

¿Y los riesgos laborales?

El Decreto 491 del 28 de marzo de 2020 establece que las “autoridades deberán reportar a las respectivas Aseguradoras de Riesgos Laborales la lista de servidores públicos y contratistas que durante el período de aislamiento preventivo obligatorio presenten sus servicios a través de teletrabajo o trabajo en casa”.

Sobre este tema, Camilo Piedrahita Vargas, decano de la Escuela de Derecho de la Universidad Eafit, expresa que el aseguramiento, para el caso del teletrabajo, es más complicado a nivel jurídico, además de costoso. Para el académico, el marco jurídico del país no contribuye lo suficiente: “una de las primeras excepciones que hizo el Gobierno fue decir que no es teletrabajo sino trabajo en casa; crean una figura paralela y, ¿qué pasa con las aseguradoras de riesgos laborales? Eso por ahora no aplica”.

Argumenta que el hecho de que el empleado esté bien, desde el punto de vista de seguridad y salud para el trabajo desde el hogar, es “supremamente válido, pero eso es muy difícil de cumplir”. Considera, además, que se debe dar la discusión de trasladarles a los empleados parte de las responsabilidades por enfermedades y accidentes, pues pone el ejemplo de organizaciones que “entregan cascos pero los trabajadores no se los ponen, se accidentan y la empresa paga. El empleador cumpliría con dar dotaciones necesarias de seguridad y salud pero si no puede vigilar ni siquiera en las empresas, ¿cómo se pretende hacerlo en las casas?”, se pregunta.

En ese sentido, así como dice que le parece valioso que un empleador negocie con un trabajador que labore desde su casa asumir sobrecostos por consumo de servicios públicos, cree que se trata de “equilibrar las cargas” y poner a los trabajadores a cargo de responsabilidades, sobre todo, de autocuidado.

Situación inédita

El último referente de relación entre pandemia, economía y condiciones de trabajo fue la influenza de 1918 a la que se le denominó "gripe española" y dejó unas 50 millones de muertes. Lo que se dio en aquel momento, expone el profesor Ramírez Bacca, fueron acuerdos entre las potencias para volver a reconstruir economías, lo que no existe en este momento; de hecho la concepción de Estados Unidos ha sido aislarse de las demás.

“Se puede pensar que la reivindicación de los derechos de los trabajadores siempre ha estado, básicamente, en un contexto del funcionamiento del sistema capitalista que en sus distintos momentos ha tenido exceso de explotación a sus trabajadores, pero identificarlo en estos escenarios es complejo porque todos perdemos, pero debe haber de todas maneras un pacto social y unidad que permita un plan de estructuración de la economía”, afirma.

Todos los extremos son malos, refiere por su parte, el profesor Piedrahita Vargas: “el de nosotros es que tenemos un Código (Sustantivo del Trabajo) que es de oficina, de los años 50 y todavía tenemos uno del Estado de Bienestar de mediados del Siglo pasado producto de las conquistas sociales de los trabajadores, lo cual es maravilloso y tiene un montón de cosas buenísimas, pero también barreras para la toma de decisiones”.

Una situación como la actual, agrega, afecta tanto a empleadores como a trabajadores y, las empresas como última opción, han despedido personal. En ese sentido, “es muy importante la redistribución del ingreso”.

Ahora, si bien hay riesgos, para el docente Ramírez Bacca, es fundamental que la población sea consciente de sus derechos aún en situación de pandemia, y sobre los excesos en la toma de decisiones, sugiere acercarse a la entidad gremial que se requiera “en función de mantener un trabajo digno, justo y equitativo”.

4 de mayo de 2020