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En Colombia tres causales permiten la interrupción del embarazo. Imagen: cutt.ly/dd9EhzF

 

Analistas coinciden en que la decisión se debe fundamentar en la autonomía de las mujeres y en el respeto por sus derechos. La discusión surgió en Colombia a propósito de la reciente propuesta de vincular el concepto de los hombres como requisito para interrumpir la gestación.

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En febrero de 2020 se conoció el caso de una mujer que interrumpió su embarazo a los siete meses y que fue cuestionada por su expareja, quien anunció que la demandaría por no haber sido consultado y porque, según él, ambos decidieron ser padres.

El hecho generó polémica en el país y fue, además, el aliciente para que la senadora del partido Centro Democrático, María del Rosario Guerra, propusiera en julio una ley que fundamentaría el consentimiento de los padres como requisito para las interrupciones de la gestación.

La iniciativa anunciada por la senadora se aplicaría solo para las tres causales permitidas por la sentencia C-355 de 2006: violación, malformación del feto, así como riesgo para la vida de la mujer o salud sea mental o física.


Control sobre el cuerpo de la mujer: mirada histórica

Desde el siglo XX el sufragismo ha reivindicado la autonomía de las mujeres, según la profesora Ruth López Oseira, de la Facultad de Ciencias Humanas y Económicas de la UNAL Medellín, quien explica que uno de los asuntos que tiene que ver con elegir la propia vida está relacionado con el control del cuerpo y la reproducción.

Incluso desde el siglo XIX, expone, se plantea que una de las formas de opresión más antiguas que han existido es la falta de control de las mujeres sobre sus propios derechos y procesos reproductivos, temas que tomaron mayor relevancia en los años 60.

Una propuesta como la de la senadora Guerra, dice la profesora, es un retroceso en la condición jurídica y en los derechos de las mujeres porque avala que otra persona decida qué deben hacer con su cuerpo.

Es como que, por ejemplo, dice, “en un matrimonio la mujer caiga enferma de los riñones, entonces le exige a su marido, jurídicamente, que le done uno. Eso es disponer del cuerpo de otra persona para resolver un problema personal”.

Añade que “es volver a la subordinación y a instaurar, de nuevo, la postura radical de un patriarcado al que, con mucha resistencia, se le ha hecho retroceder”.

También desde los años 60 en Colombia se han presentado varias propuestas legislativas para legalizar la interrupción del embarazo, pero no alcanzaron una amplia discusión en el Senado y fueron archivadas, según Joaquín Guillermo Gómez Dávila, ginecobstetra, epidemiólogo y estudiante de doctorado en Salud Pública de la Universidad de Antioquia.


Autonomía

La Sentencia C-355, añade Gómez Dávila, reconoce que la mujer es un ser autónomo capaz de tomar decisiones sobre su cuerpo y su vida, “situación que en nuestro país no es lo usual porque estamos inmersos en un sistema patriarcal en el que el mandato masculino prevalece”.

Para Sara Yaneth Fernández Moreno, profesora del Departamento de Trabajo Social de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanas de la Universidad de Antioquia, “la sanción social sigue arrastrando una tradición que prohíbe a las mujeres, las cohíbe y critica. Prácticamente todo el mundo quiere opinar sobre ellas”.

La Encuesta de percepción sobre la interrupción voluntaria del embarazo que hizo en 2017 la Mesa por la vida y la salud de las mujeres, arrojó que el 65% cree que el procedimiento debe hacerse en algunas circunstancias, mientras que el 47% considera que debe ser una decisión libre de la mujer.

Pablo Morales, padre y consultor en comunicaciones, cree que “cuando la mujer está gestando no es la vida de ella sino otra, por lo que no le pertenece. Ella puede decidir sobre su cuerpo, pero no sobre otro que está en proceso. No sé si imaginan apapachando a ese muchachito cuando nazca o hablándole, ni cómo puedan obviar ese curso natural de la creación”.

Fernández Moreno afirma que la autonomía de las mujeres tiene que ver con el derecho a decidir independientemente sobre su vida, su cuerpo y lo que quieren para sí, entendiéndose como ciudadanía responsable, activa, y también, que las personas no deben ser asistidas en decisiones que son tan personales.

La profesora de la Universidad de Antioquia expone que en torno al tema hay gente “que va a la culpa, al trauma, a la teatralización del exceso: eso es un asesinato”.

Gómez Dávila explica que si bien hay vida desde el momento en el que el espermatozoide fecunda el óvulo, se debe definir cuál es la que existe y la calidad de la misma. “¿Lo será traer un niño al mundo para abandonarlo?”, se pregunta y agrega que las personas que no están a favor de la interrupción del embarazo no están en contra de la vida, ni las que no están de acuerdo con el procedimiento son pro-vida “sino antiderechos”.


Garantías

Diana Hincapié, profesora de la Facultad de Derecho, Ciencias políticas y sociales de la UNAL Bogotá, afirma que hay una postura del movimiento feminista estadounidense que fue la pro–decisión de la mujer con lo que se solucionaron discusiones en torno a radicales feministas pro aborto y a otras “mal autodenominadas” pro-vida.

Eso, según la docente, establece que cualquiera que sea la decisión que la mujer tome sobre su gestación el Estado debe garantizar que la lleve a feliz término, pues en general “se le deben dar garantías de calidad en la prestación de servicios terapéuticos o quirúrgicos en la interrupción voluntaria del embarazo y con personal idóneo bajo estándares de calidad del servicio”, agrega.

Plantea que debe ser así también para el caso de querer continuar con el embarazo pese a que, por ejemplo, se detecten malformaciones fetales que hagan inviable su vida, que la gestación haya sido producto de acceso carnal violento o ponga en riesgo la salud física o mental de la mujer.

En esos casos el Estado, igualmente, debe garantizar acceso oportuno a servicios de salud e inclusión en programas de protección para cualquier tipo de vulnerabilidad, según la docente.

“Desafortunadamente aquí en Colombia muchos jueces toman decisiones desde su postura moral”, dice, y que incluso la interpretación constitucional ha sido proteger el binomio mujer – familia.

Sobre lo que debería ser propone una figura de juez anamnético, es decir, que “decida desde la reivindicación de la mujer como víctima histórica de injusticias desde la patriarquía (jerarquía del patriarcado) que han desconocido su vulnerabilidad adicional por razón de gestación, sea que la lleve a término o no”.

Para Fernández Moreno también es claro y sencillo: deben prevalecer los derechos plenos de las mujeres sobre lo que pueda ocurrir en sus cuerpos, por lo tanto “si quieren parir (o no) es una decisión que les pertenece única y exclusivamente a ellas”.

(FIN/KGG)

18 de agosto de 2020